Torreon, Coah.
Edición:
18-Mar-2024
Año
21
Número:
898
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“QUE SIGA EN LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA” / 795


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Por:
Fernando Rangel de León
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12-09-2021
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Edición:

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POR: FERNANDO RANGEL DE LEÓN

La consulta popular sobre si se enjuiciaba o no a los Presidentes de la República, del pasado domingo 1 de agosto, enseñó que la redacción de la pregunta sea lo más entendible para todos los ciudadanos; pues como la Ley Federal de Consulta Popular, no contempló la redacción de la pregunta, dejó que la formulara el Instituto Nacional Electoral INE; cuya redacción fue impugnada en la Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN, que la formuló con un lenguaje difícil de entender y con ideas confusas, o sea, hizo un verdadero galimatías; desalentando así a millones de ciudadanos.

Por eso ahora la pregunta de la revocación de mandato está redactada en la misma Ley Federal de Revocación de Mandato, que con abrumadora mayoría el Senado de la República, aprobó el pasado miércoles 3 de septiembre; quedando así:

¿Está Usted de acuerdo en que (nombre) al Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos se le revoque el mandato por pérdida de confianza o que siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?; proponiendo estas dos alternativas:

  1. Que se le revoque el mandato por pérdida de confianza.
  2. Que siga en la Presidencia de la República.

Para eso la fracción parlamentaria de MORENA, tuvo que retirar su propuesta  de la pregunta de que si se quería o no ratificar al Presidente; rechazada por la oposición; y en su lugar privilegió la conciliación, no obstante tener mayoría.

A  ese respecto, la ex secretaria de Gobernación y actual Presidenta de la Cámara Alta, la senadora Olga Sánchez Cordero, refiriéndose a la oposición, expresó: “…dialogamos y sumamos coincidencias. El voto de hoy es el signo de los tiempos por venir: apertura en el dialogo y consecución de acuerdos”.

Antes, cuando los ahora partidos de oposición PRI y PAN, hacían mayoría en el Congreso de la Unión (Cámaras de Senadores y de Diputados), eran una “aplanadora”; pues aunque sus contrarios tenían la razón, siempre los “mayoriteaban”; aprobando leyes que no expresaban la voluntad general del pueblo sino los intereses de unos cuantos.

Ahora, con la Cuarta Transformación, en el Congreso no hay “vencedores ni vencidos”, sino actores del Estado, que respetan a los ciudadanos; toda vez que las leyes son la expresión de la voluntad popular.

Otra novedad de la ley de revocación de mandato, respecto de la consulta popular, es que ahora no se le deja a ningún órgano de gobierno el derecho a solicitar que se lleve a cabo, sino que ésta facultad es única y exclusiva del pueblo; pues para que el INE pueda llevar a cabo la revocación de mandato se requiere que lo pida cuando menos el 3% de la lista nominal de votantes, y que ese 3% corresponda en ese porcentaje a cada uno de por lo menos 17 de los 32 estados de la República.

El porcentaje mínimo para que sea vinculatorio el resultado de la revocación de mandato, es el mismo de la consulta popular: 40% por lo menos de los electores.

El próximo viernes 1 de octubre, el INE deberá empezar a difundir la convocatoria al proceso para la revocación de mandato, que probablemente será el domingo 27 de marzo de 2022; y en la mayoría de las casillas que se instalaron para las elecciones del pasado 6 de junio.

Por lo que si queremos ser consecuentes todos los que votamos por AMLO, el 1 de julio de 2018, más aparte los que han visto en estos primeros 3 años, que él es digno de nuestra confianza, debemos de votar por la alternativa 2: “Que siga en la Presidencia de la República”.

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